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Resolución SSN

DISPOSICIONES TRANSITORIAS PUNTO 39.1.2.4.1. DEL R.G.A.A.

La medida regula su valuación a valor técnico y fija límites específicos hasta el cierre contable del 31 de diciembre de 2027.

Normativas24 de junio de 2026
Resolución SSN sobre disposiciones transitorias del punto 39.1.2.4.1 del RGAA
La Resolución RESOL-2026-272-APN-SSN#MEC dispone que las entidades que mantengan títulos públicos nacionales adquiridos directamente en licitación primaria podrán contabilizarlos a valor técnico, bajo el régimen transitorio establecido por la norma.
El total de inversiones valuadas a valor técnico no podrá superar el 65% para entidades que operen en Seguros de Retiro y Vida con Ahorro, ni el 45% para las restantes aseguradoras y reaseguradoras. Para los instrumentos alcanzados, el límite previsto en el inciso e) del punto 39.1.2.4.1 será del 35%.
La resolución rige desde su publicación y mantiene su vigencia hasta el ejercicio contable finalizado el 31 de diciembre de 2027.